Para acceder a los beneficios de reducción o postergación del pago de contribuciones al SIPA y asignación compensatoria al salario, establecidas en el Dto. 332/2020, por el mes de mayo, deberán inscribirse entre los días 14 y 21 de mayo
Quienes resulten alcanzados por el beneficio del 95% de reducción de contribuciones patronales serán caracterizados en el sistema registral "Beneficio Dto. 332/2020 Reducción de Contribuciones S.S" y quienes resulten alcanzados por la prórroga de pago como "Beneficio Dto. 332/2020 Postergación pago de contrib S.S.
Mediante la Resolución 15/2020La Comisión Plenaria del Convenio Multilateral prorrogó el vencimiento de la declaración jurada anual CM05 del 15 de mayo al 30 de julio de 2020
La Resolución General 5/20 ratifica la Disposición de Presidencia 4/20 que prorroga los vencimientos del mes de marzo para pequeños contribuyentes en las jurisdicciones adheridas
La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral estableció a través de la disposición 4/20 la prórroga del vencimiento para la presentación mensual de las declaraciones juradas de marzo (CM03 y CM04) para contribuyentes que no hubieran superado los 2.5 millones de pesos en el 2019 (excepto Formosa, La Pampa y San Juan)
Los vencimientos del mes de abril de las cuotas o anticipo de planes de pago, se prorroga para el 10 de junio. Los planes nuevos de las Resoluciones Normativas 6/16, 8/20 y 108 del Código Fiscal (concursados y fallidos) hasta el 31 de mayo, la primera cuota o anticipo vencerá el 10 de junio de 2020
Mediante la Resolución General 4693 la AFIP estableció condiciones para solicitar la postergación del vencimiento del pago de contribuciones patronales de marzo. También el vencimiento de la presentación de dicho período