Categoría Procedimiento

Resolución General 4925/2021

Las reparticiones centralizadas, descentralizadas o autárquicas del Estado Nacional, Provincial, Municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, no deben registrar sus operaciones mediante el “Libro de IVA Digital” excepto que revistan la condición de responsables inscriptos frente al impuesto al valor agregado.